¿PORQUE ES NECESARIO UNA JUNTA DE VIGILANCIA DE TRABAJO SOCIAL?
“Hace un mes como Colectiva Shumul realizamos una pequeña encuesta en redes sociales, la pregunta era sencilla: “¿Conoces alguna Asociación Privada que jurídicamente este capacitada para hacer labores de vigilancia gremial, es decir como si fuera un ente Colegiado Publico?”, la respuesta fue un contundente, el 85% de la población participante no conoce ninguna entidad privada que realice labores de vigilancia gremial, sea de abogados, docente o de especialidades médicas.”

En nuestro país hasta el momento no existe un instancia estatal que haga vigilancia de la profesión a nivel general, es decir de todas las áreas en las cuales se labora. Aunque hasta hace poco se tenía el respaldo de la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica con relación al área de salud, pero esto cambio a causa de una pieza de correspondencia enviada por la Asociación de Trabajadores Sociales de El Salvador en donde solicito que se derogara el Literal ñ), del Artículo 24 del Código de Salud, un proceso que se realizó sin ninguna consulta a nivel gremial de asociaciones, graduados, estudiantes. Esta era la única entidad que legalmente tenía las facultades de regular, autorizar, vigilar y sancionar a los profesionales de Trabajo Social que laboraban en instituciones que prestan servicios de salud. A partir de esto aparecen algunas dudas: ¿Por qué son importantes las juntas de vigilancia? ¿Cómo haré ahora para tener respaldo legal como Profesional?
Una junta de vigilancia profesional, es una instancia estatal, que se encarga de vigilar a los integrantes de un sector profesional y frente hechos irregulares de un profesional tiene el deber de sancionar, en nuestro país podemos citar: la Junta de la Carrera Docente para el ámbito de educación amparado por el Ministerio de Educación y la Corte Suprema de Justicia y la mencionada anteriormente la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica para el ámbito de salud que está bajo el amparo del Ministerio de Salud a través del Consejo Superior de Salud Pública; de esto resulta importante expresar que ninguna asociación de profesionales de la salud o de la educación, están capacitados para hacer labores de vigilancia gremial, mucho menos para entregar sellos para uso en documentos oficiales. Esto se debe que aunque las asociaciones son entidades privadas sin fines de lucro, el atribuirse este papel puede generar conflictos de intereses entre todas las asociaciones de una misma profesión. Ni la Asamblea Legislativa, ni el Gobierno a través del Ministerio de Gobernación, tienen un amparo legal para otorgarle esta capacidad de vigilancia a una asociación gremial, que cuenta con un capital, prestan servicios, entre otros.
Una junta de vigilancia, es necesaria por varias razones, la principal se resume en que las instituciones públicas así como privadas, al contratar un profesional que es vigilado por una instancia colegiada, una instancia estatal, tiene el respaldo que la práctica profesional de esta persona está siendo vigilada para que sea de calidad, que realice los procedimientos de su profesión con respeto además de experticia, y que ante una falta frente a un usuario, será sancionado; algo que está más allá de cualquier código de ética. Esto apertura una oportunidad al gremio que si se administra adecuadamente se traduce en más demanda de la profesión en diferentes instituciones, apertura de espacios laborales. Erróneamente se ha tenido la idea equivocada de que ser parte de una junta de vigilancia apertura oportunidades laborales, incluso aun cuando esta junta no sea de una entidad estatal, es decir que no tenga amparo legal alguno para estar funcionando.

Ahora se ha desvinculado la profesión de la única entidad estatal que estaba capacitada para hacer vigilancia de Trabajo Social, por lo tanto ya no existe ninguna junta a la que estar adscrito. El respaldo profesional queda ahora a cargo del Ministerio de Educación, a través de la autenticación del título universitario, a partir de esto también se deduce que en ninguna organización gubernamental o no gubernamental, está obligada a exigir sello de Junta de Vigilancia de Trabajo Social, de ninguna asociación gremial, tal hecho implicaría una vulneración indirecta de parte de la institución al derecho al trabajo así como la libertad de asociación. Igualmente se abre la oportunidad de luchar por fortalecer nuestra profesión, iniciar un dialogo gremial entre estudiantes, graduados, entidades formadoras y asociaciones profesionales, para luchar por la creación de una junta de vigilancia estatal que no solamente este adscrita al sector de salud, que puede surgir de la construcción colectiva de una ley de Trabajo Social que tenga por objeto establecer el marco general para el ejercicio profesional de trabajo social en todo el territorio nacional y que reconozca todas sus expresiones sin excluir.

Autor: Colectiva Shumul de Trabajo Social El Salvador

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